Análisis
De Hacktivistas
Ley SindeWert
Recopilación de información
Se publicó en el B.O.E. con el nombre de Real Decreto 1889/2011, de 30 de diciembre, por el que se regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual. Por si no se mantuviese he subido una copia en [1].
A través de este Tweet llego a un documento en donde se pueden observar las diferencias entre la anterior versión y la finalmente publicada. Por si desapareciese he colgado una copia en [2].
Análisis de las diferencias
- Si no se indentificara al responsable se pediría una autorización judicial para "(...) requerir al prestador de servicios de intermediación de la sociedad de la información la cesión de los datos". Anteriormente se le concedía al prestador de servicios 24 horas para contestar. En esta nueva versión suben ese tiempo a 48 horas.
- Si el responsable ya eliminó voluntariamente el contenido infractor y vuelve a recibir otra denuncia, denominan reincidir a explotar "de nuevo obras o prestaciones del mismo titular" aunque no sean las mismas obras. El concepto de "explotar" se contradice con lo expuesto en un punto anterior dentro del B.O.E. que determina que serán denunciadas las páginas en las que "se identifique expresamente el contenido ofrecido o al que se facilite el acceso".